Tamara Miranda Varela
Al menos dos frentes simultáneos de investigación podría enfrentar la alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo Venegas.
La semana pasada se conoció que Contraloría realizó serias observaciones a la contratación del asesor José Miguel Izquierdo, aparentemente con recursos de la CMDS (educación y salud), denuncia que fue derivada directamente a la Fiscalía y al Consejo de Defensa del Estado; pero junto con eso el mismo órgano fiscalizador se pronunció sobre otro caso que complica a la administración.
Se trata del contrato suscrito entre la CMDS, cuyo directorio preside Rojo, y la empresa C y R Servicios Flavio Carrasco Guamán E.I.R.L, de propiedad del cuñado de la edil.
Este nexo también fue pesquisado por Contraloría Regional y sus conclusiones, al igual que el caso que compromete a Izquierdo, están en poder del Ministerio Público y el CDE.
Caso
El Informe de Investigación Especial N° 10, de 2017, de Contraloría, concluye respecto a este caso que no existen antecedentes que permitan acreditar el cumplimiento de las prestaciones realizadas por la empresa C y R, que fue contratada para la mantención de sillones dentales de la CMDS.
En palabras simples, Contraloría no logró determinar si la empresa realizó o no las mantenciones convenidas y por las cuales la corporación municipal, sólo en 2016, pagó un total de $43.909.092.
Por esta razón, el organismo contralor remitió una copia del texto final al Servicio de Salud (que entregó los fondos públicos utilizados para financiar la contratación) a fin de que éste requiera la rendición de cuentas y efectúe la revisión de todos los gastos involucrados.
Firma
Otro antecedente importante es que el contrato fue firmado por el exsecretario ejecutivo de la CMDS, Arturo Basadre, previa licitación pública ejecutada, según los procesos internos de la corporación.
Sin embargo, en su declaración ante la entidad fiscalizadora, Basadre manifestó que habría recibido "presiones" para firmar dicho contrato.
En su informe, Contraloría Regional señaló que no existen antecedentes que permitan acreditar que la alcaldesa haya intervenido de forma directa en la contratación de su cuñado, ni que ejerció presiones sobre la persona facultada para materializar dicho vínculo legal.
Sin perjuicio de ello, agrega que "considerando que el exsecretario ejecutivo de la CMDS declaró a este organismo que recibió presiones para la suscripción del contrato y que, según se apreció, el proceso licitatorio ejecutado por la corporación no se encontraba lo suficientemente normado respecto de su evaluación y de los mecanismos para la asignación de puntajes, se remitirán los antecedentes recopilados a la Fiscalía Local del Ministerio Público y al Consejo de Defensa del Estado para su conocimiento y fines pertinentes".
En declaraciones hechas a este Diario el viernes 30 de septiembre de 2016, el abogado procurador fiscal del CDE, Carlos Bonilla, explicó que en la legislación vigente existe una figura penal denominada "negociación incompatible", que prohíbe a autoridades contratar con familiares hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad.
"El código penal es muy claro, no admite ningún tipo de excepciones. Así, el asunto tendrá que ser objeto de investigación y ver si sucedió lo que se está señalando", afirmó Bonilla en esa oportunidad.
Este medio se contactó ayer con el exsecretario ejecutivo de la CMDS, Arturo Basadre, quien dijo desconocer los detalles del informe, por lo que evitó declaraciones.
Reacción
Desde el municipio, en tanto, desistieron de hablar del tema, argumentando que el caso está en Fiscalía y el CDE.
Fuentes cercanas a Karen Rojo manifestaron que "no hubo presión de la alcaldesa hacia Arturo Basadre y que tampoco firmó los contratos".
Hay que recordar que en sus escasas declaraciones a la prensa sobre este tema, la alcaldesa de Antofagasta ha asegurado que las denuncias en su contra, responden a una "persecución política".
Algunos extractos del informe emitido por Contraloría
"Es del caso consignar que esta Contraloría Regional no tuvo a la vista la documentación necesaria que acreditara la asignación de los puntajes por cada uno de los criterios establecidos en las bases administrativas que rigió el proceso de licitación y tampoco los parámetros que fueron utilizados para la comisión evaluadora para asignar los valores respecto de los nombrados criterios, los que además no fueron consignados en ninguno de los pliegos asociados al contrato tanto administrativos como técnicos".
Sobre la falta de un criterio para calificar a las empresas oferentes
"Se advirtió que la CMDS no afectuó labores de supervisión que permitieran determinar o acreditar que las actividades consignadas en el convenio suscrito hayan sido ejecutadas a cabalidad y de la forma acordada, lo que da cuenta de una debilidad de control interno que impide a la entidad verificar el efectivo cumplimiento del contrato y resguardar los fondos públicos invertidos". Sobre la falta de supervisión de las prestaciones
"La CMDS deberá implementar los controles y tomar los resguardos necesarios para velar por el efectivo cumpliento a objeto de velar por el buen uso de los recursos públicos, aspecto que será comprobado por este organismo de control en futuras fiscalizaciones
Respecto a las medidas que tendrá que tomar la entidad