Letra chica del acuerdo
"Es de esperar que el Estado tenga un rol mucho menos contemplativo que el que ha mostrado estas semanas". Pedro Díaz Polanco, Director de la Escuela de Administración Pública Universidad Austral de Chile
El madrugado acuerdo de los partidos políticos respecto a la forma en la que se decidirá cómo se elaborará la nueva Constitución de la República, se ha presentado como un hecho histórico. Lo anterior, en función que gracias a la "pseudo" generosidad y espíritu republicano de los partidos políticos que participaron del acuerdo, la ciudadanía tendrá -por primera vez- la oportunidad de ser un actor directo en lo que es la redacción de una nueva Constitución.
Al respecto, presentaré una visión que derrumba esta mirada a partir de la clásica "letra chica" que está presente en buena parte de los acuerdos a los que llega la clase política nacional.
Si se analiza el punto 4 del acuerdo, resulta evidente que el método que se usará para elegir a los miembros de la Convención Constituyente es el método D'Hont; mecanismo electoral que teóricamente se utiliza para garantizar la representación de la mayoría de los sectores políticos del país.
Así entonces, si se considera que actualmente los partidos políticos tienen una altísima reprobación ciudadana, el punto 4 en nada tributa a lo que es este sentir.
Muy por el contrario, el punto 4 transforma al acuerdo en un elemento que -en esencia- protege el poder de los partidos políticos de cara a la posibilidad que la ciudadanía los abandone en las urnas.
N. de la R. Punto 4: "En el caso de la Convención Constitucional sus integrantes serán electos íntegramente para este efecto. La elección de los miembros de ambas instancias se realizará en el mes de octubre de 2020 conjuntamente con las elecciones regionales y municipales bajo sufragio universal con el mismo sistema electoral que rige en las elecciones de diputados en la proporción correspondiente".
Esto es así, ya que el método D'Hont favorece de manera evidente las opciones de los candidatos provenientes de partidos políticos en desmedro de las posibilidades que tienen los candidatos independientes.
De este modo, y atendiendo a que hoy se reconoce a la clase política como un colectivo que tributa a los intereses de los partidos y no a los que históricamente ha reivindicado la ciudadanía, el acuerdo en cuestión se presenta como instrumental a los intereses de poder que tienen los partidos políticos y las coaliciones, perdiéndose -en consecuencia- la oportunidad material de convertir al proceso constituyente en una verdadera instancia representativa de los intereses ciudadanos, condición que siempre ha estado detrás de lo que es la reivindicación de una nueva Constitución.