Dániza Urrutia Sepúlveda
L decisión del Ministerio Público de formalizar al director de Dideco, Ignacio León, y a la coordinadora del programa de Deportes y Prevención de la Municipalidad, Kimmverley Espinoza, por el cuasidelito de homicidio del estudiante Nicolás Marambio, se basaría en una posible negligencia de ambos funcionarios, especialmente porque ya en agosto de 2016 había sido evacuado un informe que daba cuenta del mal estado de la infraestructura del borde costero de Antofagasta.
Hay que recordar que el estudiante de 16 años murió el 11 de febrero pasado, cuando practicaba básquetbol en la cancha sur de "Las Almejas". Luego de hacer una anotación y tomar parte de la estructura, ésta cedió aplastándolo.
El accidente ocurrió alrededor de las 18 horas. Su muerte fue constatada dos horas después en el Hospital Regional de Antofagasta.
Dicho documento fue elaborado por un funcionario de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad y se denominó "Informe Situacional de Zonas Recreativas de Antofagasta".
El profesional analizó los sectores de multicanchas, juegos y Skate Park; zona de máquinas de ejercicio; zona de mosaicos y La Puntilla, y el área de baño y fue concluyente en precisar que la mayoría de la infraestructura presentaba daño extendido debido a la acción ambiental.
La elaboración de este informe apuntaba a analizar la infraestructura del borde costero para así realizar distintas mejoras. Se hizo un análisis del uso que tiene el territorio, en este caso todo el sector del Balneario Municipal, que es un centro turístico, recreacional y deportivo del sector sur.
Sobre el borde costero se dijo que en la zona de multicanchas, juegos y Skate Park, existía la posibilidad de accidentes, ya que presentaba estructuras quebradas y desoladas, rampas perforadas y sin sus anclajes de seguridad. "Se aprecia un deterioro evidente producto de la salinidad del aire lo que ha provocado la oxidación de la mayoría de las estructuras", establecía en una parte el documento.
Por lo mismo, no se recomendaba la continuidad del funcionamiento de estos equipos, salvo que fueran sometidos a una "urgente mantención y reparación". Los antecedentes fueron entregados haciendo hincapié en el daño y la necesidad de reparación.
El 8 de febrero se hará la formalización
Para el 8 de febrero, a las 10 horas, fue fijada la audiencia de formalización por el cuasidelito de homicidio del estudiante de 16 años. Ambos tendrían calidad de "autores" de homicidio culposo (sin dolo), previsto y sancionado en el artículo 492 en relación al artículo 490 Nº 1 del Código Penal, en grado de consumado. A consecuencia de la caída de la estructura la víctima murió a causa de un "traumatismo craneoencefálico por fractura con hundimiento, debido a contusión craneana directa y aplastamiento de la cabeza".