Corte conoció los alegatos por polémica venta de D. Antofagasta
CONFLICTO. Tras el fallo del Segundo Juzgado de Letras, abogados de Jorge Sánchez, Osciel Guzmán y Corporación AP, volvieron a entrar en acción.
Tras el fallo de 2018 por parte del Segundo Juzgado de Letras de Antofagasta, que determinó anular la venta de Club de Deportes Antofagasta, finalmente ayer y tras varias suspensiones, se llevó a cabo la audiencia de alegatos en la Corte de Apelaciones, la cual resolverá el caso en segunda instancia.
La Corporación sostiene que la venta del CDA, efectuada en 2012, debe anularse, ya que el presidente del club en ese entonces, Osciel Guzmán, ejercía irregularmente.
Ese año el club fue vendido por Guzmán al empresario de Laguna Funding, Jorge Sánchez, por la suma de $10 millones.
Antes de que se concretara la venta de la institución albiceleste, se había anulado la elección del directorio del CDA, lo que -según los demandantes- impedía llevar a cabo esta operación por parte de Guzmán, convirtiendo la venta en ilegal.
En primera instancia, el Segundo Juzgado de Letras de Antofagasta le dio la razón a los demandantes, por lo que Sánchez debía devolver el club a la Corporación. Pero el empresario apeló a la Corte.
Alegatos
La audiencia que se realizó en la primera sala de la Corte de Apelaciones, y que se extendió por más de dos horas, tuvo como protagonistas a los abogados Fidel Castro (Osciel Guzmán), Óscar Contreras (Jorge Sánchez), Nicolás Pérez (Corporación Antofagasta Portuario) y Luis Bastías (Ricardo Rojas).
Escucharon los alegatos, los ministros Virginia Soublette Miranda, Myriam Urbina Perán y Manuel Díaz Muñoz. Estos jueces serán los encargados de definir si la venta fue o no legal. La sentencia podría demorarse algunas semanas.
El primero en dar a conocer sus argumentos, fue Fidel Castro. Uno de los alegatos principales de este jurista, tiene relación con que su defendido no tomó el control de la Corporación por simple voluntad, sino que más bien fue la falta de responsabilidad de los directores que se comprometieron en ese entonces y que simplemente abandonaron al CDA sin justificación.
Castro agregó que quien ofertó el club, negoció las condiciones y enajenó las acciones, fue la misma Corporación, y que Ricardo Rojas (vicepresidente en ese momento) estuvo siempre al corriente e incluso participó de una serie de acuerdos para la enajenación (transferencia de un derecho real de un patrimonio a otro).
En tanto Óscar Contreras, abogado de Jorge Sánchez (actual dueño y presidente), se basó en dos hechos puntuales. El primero tuvo que ver con que su representante actuó de buena fe y se hizo cargo de una gigantesca deuda de más de 2 mil 600 millones de pesos que tenía el CDA.
El segundo punto intentó destronar la duda de los demandantes, en relación a por qué el contrato de venta se celebró en Coquimbo y no en Antofagasta. El argumento simplemente fue que la empresa del acusado tiene domicilio en esa ciudad.
Corporación
Luego fue el turno de Nicolás Pérez, abogado en representación legal de la Corporación Club de Deportes Antofagasta Portuario, quien cuestionó el actuar "de buena fe" por parte de Jorge Sánchez.
Aclaró que es imposible que el aludido no se haya enterado por los diferentes medios de comunicación local, de lo que estaba pasando con Osciel Guzmán y la previa nulidad del directorio, entre otros asuntos de interés para este juicio.
IMPrESIONES
El expresidente de la ANFP y colaborador activo de la Corporación Antofagasta Portuario, Harold Mayne-Nicholls, manifestó que quedó claro que los argumentos de la Corporación son sumamente firmes.
"Creo que el día de hoy (ayer) ha quedado demostrado una vez más que tanto moral como legalmente, tenemos la razón. Sin dudas hay errores de fondo y forma (en la venta)", comentó.
Mientras que el actual presidente del CDA Jorge Sánchez, señaló que "las personas que me conocen, saben que actué de buena fe y creo que dentro del aspecto legal, eso está demostrado", dijo.
"La sentencia se tiene que bastar a sí misma, es decir del solo hecho de poderla leer uno debe entender cual fue el debate entre las partes, luego cual fue la prueba que se produjo y finalmente la conclusión lógica de cuál fue la decisión".
"Acá hay ciertos vacíos que no dan cuenta de lo que finalmente se determina resolviendo. Entre ellas destaca el régimen aplicable a la enajenación de acciones, es decir que lo que hace la magistrado es entender que el contrato de compraventa se perfecciona por el registro y no por régimen de los bienes inmuebles".
"Cuando el 4 de septiembre de 2012, fecha en que se realiza la escritura de la venta, mi parte (Jorge Sánchez), confió en los mandatos que se les exhibían y es lógico que todos se pregunten ¿por qué?. Esto se debe a que no existía ninguna sentencia que lo revocara. Además no había ninguna medida precautoria que prohibiera esta venta".
"Destacar que cuando existió medida precautoria, fue después de haber celebrado y producido todos los efectos virtuosos del contrato de compra venta. No hay ninguna prueba de los demandantes que contradiga esto que estoy mencionando".
"Los vicios de nulidad no pueden ser ratificados y solamente saneados. Cualquier rectificación solo debe ser ejercida por el directorio previamente elegido, ni siquiera la asamblea general, puede arrogarse actos de carácter patrimoniales".
"Tratándose de acciones de una sociedad anónima para adquirir un club profesional, uno mínimo estima que la persona que va a adquirir el club se informe de todos los procesos pendientes, algo totalmente lógico (…) entonces pareciera ser bastante ilógico que se alegue de que no tenían conocimiento de algunos de los vicios, es por ello que cuestionamos esta buena fe que ellos alegan".
Fidel Castro, abogado de
Osciel Guzmán
Óscar Contreras, abogado de
Jorge Sánchez
Nicolás Pérez, abogado, Corporación AP"
millones fue el monto de la deuda histórica que pagó el ahora presidente y dueño del CDA, Jorge Sánchez. $2.650
ministros participaron de esta primera audiencia en la Corte de Apelaciones de Antofagasta. 3