Académicas sostienen que podrían aumentar recursos contra las AFPs
CONSTITUCIONAL. Abogadas analizaron los efectos de caso que llegó al TC.
Una serie de consecuencias para el sistema de pensiones podría tener el inédito requerimiento de inaplicabilidad realizado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta al Tribunal Constitucional (TC).
Así advirtieron académicas de la Universidad de Antofagasta (UA) y la Pontificia Universidad Católica (PUC), quienes analizaron el proceso y posibles resultados del caso de María Ojeda, profesora jubilada que solicitó sus fondos previsionales a la AFP Cuprum.
Si bien las académicas aclararon que en principio el resultado solo tendría efecto particular para este caso, el pronunciamiento del TC marcaría un precedente capaz de desencadenar acciones legales en todo el país, similar a lo ocurrido previamente con la tabla de factores de la Ley de Isapre. Este efecto podría ocurrir incluso si la solicitud de Ojeda fuera rechazada posteriormente en la Corte Suprema.
Al respecto la profesora de derecho constitucional de la UA, Fabiola Rivero, afirmó que existen posibilidades de obtener una sentencia favorable en base a tres conceptos utilizados en derecho constitucional: el bloque de constitucionalidad, el control constitucional y el control de convencionalidad. Esto implica que las instituciones deben realizar un análisis de primer nivel vinculado a Derechos Humanos (DD.HH.).
"La constitución chilena entrega el mandato de sujetarse a tratados internacionales de DD.HH. y son parte de nuestro bloque constitucional. Por tanto, la Segunda Sala de la Corte de Antofagasta hace un control constitucional remitiendo los antecedentes al TC, pero también se hace cargo de nuestro bloque constitucional como ciudadanos que vivimos y cotizamos previsionalmente en Chile", explicó.
Por su parte, la profesora de la Facultad de Derecho PUC, Constanza Hube, aseguró que muchos requerimientos de inaplicabilidad son rechazados al estar mal fundamentados o no ser decisivos para la resolución del asunto. No obstante, la solicitud no fue realizada por una de las partes del caso sino por los magistrados, por tanto en caso de aprobarse podría abrirse un escenario complejo para la operación del sistema.
"A partir de esta inaplicabilidad acogida se pueda presentar una acción pública de inconstitucionalidad de los preceptos legales. En ese caso el Tribunal Constitucional con un quórum más alto tendría que decir si deroga o no la norma considerada inaplicable, en este caso saldría dentro de las disposiciones el decreto 3.500 que es el que regula el sistema de pensiones y que también regula la Superintendencia de Pensiones", afirmó.