"No estamos para corregir leyes, sino para que se respete el Estado de derecho"
Entrevista al juez que redactó el requerimiento al Tribunal Constitucional para que se pronuncie por caso de profesora antofagastina que pide sus fondos a la AFP.
Lo primero que aclara el ministro de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, Oscar Clavería Guzmán, es que los jueces no explican sus sentencias.
El magistrado es el vocero del Poder Judicial en la región y el redactor del requerimiento que la Corte levantó al Tribunal Constitucional (TC), reabriendo con fuerza el debate sobre el sistema de pensiones, hecho que cambió de rumbo la discusión política en el país y que incluso terminó con la renuncia del presidente de las AFPs a mitad de semana, tras desafortunadas declaraciones a raíz de este caso.
El tribunal de alzada envió un requerimiento al TC para que se pronuncie sobre el decreto ley 3.500 que estableció el actual sistema de fondo de pensiones. Esto, debido al recurso de protección presentado por una profesora jubilada (la antofagastina María Ojeda), cuya jubilación de $185 mil no le alcanza para cubrir sus gastos y cancelar el dividendo su casa. Ella solicita la devolución de su ahorro previsional para que costear el crédito hipotecario y evitar la pérdida del inmueble por no pago.
"Lo que sí puedo indicar es por qué antes de resolver, hicimos el requerimiento", explica el ministro.
"Acá una persona dijo que se respetara su derecho de propiedad, respecto de los dineros de su capitalización individual, que el empleador deposita a nombre del trabajador. Si alguien pide que esa plata se le regrese, no hay duda que está el derecho de propiedad, pero qué características tiene este derecho. La AFP dijo que no puede entregar el dinero por el decreto ley 3.500 y la Superintendencia dijo lo mismo. Si tenemos un decreto ley que dice que esta plata es para el trabajador pero no puede retirarla, y por otro lado, la Constitución dice que el derecho de propiedad no se toca, y si quieres tocarlo, ley de expropiación", sostuvo Clavería.
Pero se advierte que el derecho de propiedad tiene ciertos límites.
-El único límite es la expropiación por causa de utilidad pública, por ley especial o ley general.
La pugna que existe entre una ley y los principios y derechos establecidos en la Constitución, es un conflicto que no lo resuelven los tribunales. Si el Tribunal Constitucional dice que aquí no hay conflicto, entonces resolveremos en su momento. Si nos dicen que sí lo hay, tendremos que borrar la norma que ellos nos indiquen.
¿Qué es específicamente lo que requirió la Corte?
-Por un lado se dice que el derecho de propiedad no se toca si no es por expropiación, y por otro, que el Estado garantiza pensiones básicas, indispensables. Esta profesora nos dice cuál es su pensión y que ahora le van a quitar su casa, entonces argumenta por qué no puede usar su derecho de propiedad. ¿Qué pasa con este triángulo? Nosotros no podemos decirlo, eso lo decidirá el Tribunal Constitucional, en el sentido de que hay o no hay conflicto, si el decreto ley 3.500, que no pasó la constitucionalidad, se inserta.
El requerimiento de la Corte levantó una serie de críticas, desde que es político a populista.
-Nuestros fallos se dictan en derecho, los jueces no somos asistentes sociales, periodistas ni políticos. Tenemos un respaldo que lo da el Estado de derecho, que es la inamovilidad, mientras no tengamos inobservancias fundamentales en leyes de procedimiento, pero no de fondo, porque en Chile pueden existir opiniones diferentes sobre el fondo.
Por lo tanto, como no tenemos la presión que tienen los políticos, dictamos como expertos en resolución de conflictos para dar justicia a casos concretos. No estamos para corregir leyes, sino para que se respete ese Estado de derecho. Y la manera de respetarlo es que todas las autoridades se ciñan a las normas.
Impacto mediático
Usted dice que no tienen la presión de los políticos, pero no puede desconocer que el requerimiento de la Corte cambió incluso la discusión del país.
-En términos casuísticos, es mediático. El otro día me controló un carabinero y al identificarme me saludó y le decía a su compañero "él es Oscar Clavería"… Sin embargo, nosotros no sentimos esa presión, no ganamos adeptos de ninguna forma. He tenido cientos de juicios a favor de unos, en contra de otros, pero siempre en un caso concreto. Lo que sí, tratamos de resolver de manera que queden desjudicializados, porque así es posible que las personas empiecen a resolver sus conflictos de otras formas.
En 1998, cuando llegué a la Corte había muchísimos juicios de locomoción colectiva, choques menores o atropellos de peatón iban al juzgado de policía local. Ese juzgado aplicaba lo mínimo y se apelaba porque una de las partes quería más, y a esos conflictos, comenzamos a incorporar el lucro cesante, el daño moral y las costas de la causa. En términos prácticos, eso significó que las compañías de seguro aumentaron lo que pagaban, ahora están en más de 110%. En estos dos últimos años, no han llegado conflictos por choque de locomoción colectiva a la Corte. Esto se está resolviendo en los juzgados de policía local, no llegan acá por el choque mismo y ahí se va desjudicializando.
¿Están los tribunales haciéndose cargo de conflictos que deberían resolverse en el plano político?
-Los conflictos jurídicos existen y se están politizando, pero ese problema no lo resuelve el Poder Judicial, que va caso a caso al punto que tuvimos que incorporar casi un 20% más de personal para resolver los recursos contra las isapres.
En un Estado de derecho, el poder que está encargado de resolver los conflictos jurídicos, lo está haciendo, pero lo han politizado al punto de algo inconcebible... que se permita permanentemente que organismos públicos o privados infrinjan la Constitución, sean objetos de recursos de protección acogidos, y a los órganos fiscalizadores no les llame la atención.
¿Se refiere al alza unilateral de los planes de las isapres?
-Si yo como isapre estoy permanentemente violando la Constitución, porque estos no son juicios pequeños, al tener una interpretación distinta y el órgano jurisdiccional está diciendo que violó la Constitución y que por ello pague costas... el órgano fiscalizador debería dictar las normas que correspondan para evitar estas situaciones, pero no es un problema de los tribunales.
Al juez le presentan el conflicto y se resuelve. Recuerde, somos inamovibles, no resolvemos para la galería, quizás el político debe trabajar para conseguir votos. En los miles de recursos de protección (contra isapres) que están confirmados por la excelentísima Corte Suprema, el órgano jurisdiccional está diciendo "ustedes (las isapres) están infringiendo la Constitución en asuntos graves", al punto que no necesitan juicios sino recursos de protección.
Si todo esto sucede, es un problema político, pero la trascendencia política de los juicios resueltos por el Poder Judicial, no depende de nosotros.
¿Cree que con el requerimiento al TC, la discusión se pueda acotar o zanjarse?
-No, porque este es un caso concreto. Además, el problema del 'lege ferenda' en el que el legislador debe proponer, es un asunto distinto, no lo veremos nosotros. Se verá de qué manera el dinero guardado para los trabajadores es digno para la jubilación, eso es un problema político que no lo resolveremos en tribunales.
La solicitud de la Corte al Tribunal Constitucional llega en un contexto de mucha desconfianza en el país, usted mismo mencionó el caso de las isapres…
-Quizás la desconfianza es en el Estado de derecho, pero nosotros estamos para resolver el conflicto concreto. Cuando hay muchos delitos la desconfianza está en el Poder Judicial, porque dicen que dejamos a las personas libres, pero eso ocurre porque la ley nos lo dice. Si alguien quiere lo contrario, que dicten una ley para que eso ocurra.
Frecuentemente los políticos dicen "esto requiere una sanción ejemplar". Sin embargo, eso es para una población primitiva, no podemos ocupar a una persona como se hacía antes en la plaza pública donde los colgaban o torturaban, usar a la persona como objeto es una situación grave.
Había un malestar ciudadano que estaba acumulado. ¿Cómo ve el ambiente en el país tras este caso?
-Lo que pasa es que siempre hay una lectura rápida, los periodistas dan un breve tiempo al entrevistado y la discusión pasa a ser superficial, lo que al final termina en blanco y negro. Los conflictos jurídicos van más allá, vemos un caso concreto y no podemos a partir de ahí generar una suerte de solución legal. Hay que ir con mucha calma, nosotros no vemos problemas políticos sino casos concretos.
Acá está en discusión si hay compatibilidad entre un decreto ley y dos derechos de la Constitución, a propósito del fondo de pensiones de un trabajadora, y ahora se dice que poco menos que se destruirá el sistema o que le devolverán la plata a todos los demás. Todo eso es falso, aunque el TC nos diga que es inconstitucional, no tiene por qué salir la solución, todavía no hemos hecho la reflexión porque primero el tribunal nos tiene que decir cuál es la norma que prima y desde ahí vendrá nuestra reflexión.
¿Le incomoda la exposición mediática que le ha generado esta situación?
-A nosotros no nos gusta esto, no es lo ideal.
Frecuentemente se nos critica por deficiencia, pero las instituciones funcionan de acuerdo al sistema. Si un juez comete un error, hay todo un sistema de impugnación, y si una autoridad política se incomoda con una decisión jurisdiccional, puede plantearla a través de un recurso. Pero si alguien ve que se cometen errores graves, no hay que decirlo en la prensa, hay que tomar las actitudes que en derecho corresponden para que ese juez sea sancionado.
En ese sentido, es común que del mundo político se envíe algún comentario hacia el Poder Judicial…
-Lo que deben hacer es un estudio científico de todas las sentencias y determinar si es necesario dictar nuevas leyes. Están las sentencias, léanlas y si no les gustan, para eso existen los recursos.
Lo que vale en la resolución de conflictos en Chile no es lo que piensa el juez o lo mediático del caso, son los fundamentos que están en la sentencia, y si son erróneos, se modifican.
Tiempos
¿Cuánto tiempo podría tomar hasta que el requerimiento tenga respuesta?
-En el caso de la molinera tuvimos un año, no depende de nosotros. El TC dijo unánimemente que es atendible, por lo tanto va a escuchar a la otra parte y después de eso dirán si es admisible o no. Si hay conflicto, irá a tramitación, pero también pueden decirnos, "señores de la Corte de Apelaciones, están equivocados, aquí no hay conflicto". Se declarará inadmisible y deberemos resolver aplicando la ley y la Constitución.
¿Han tenido otros casos en los que han requerido al Tribunal Constitucional?
-Tuvimos el caso de la molinera, en el que el Tribunal Constitucional vino a trabajar en Antofagasta y ellos nos dijeron, que todos los problemas que tuviéramos se los presentáramos, que estaban llanos a acogerlos.
"La pugna que existe entre una ley y los principios y derechos establecidos en la Constitución, es un conflicto que no lo resuelven los tribunales. Si el Tribunal Constitucional dice que aquí no hay conflicto, entonces resolveremos en su momento" "Nuestros fallos se dictan en derecho, los jueces no somos asistentes sociales, periodistas ni políticos" "En términos casuísticos, es mediático. El otro día me controló un carabinero y al identificarme me saludó y le decía a su compañero "él es Oscar Clavería" "En los miles de recursos de protección (contra isapres) que están confirmados por la excelentísima Corte Suprema, el órgano jurisdiccional está diciendo "ustedes (isapres) están infringiendo la Constitución en asuntos graves"