Proceso constituyente originario
"En consecuencia, la Constitución de 1980 está plenamente vigente en lo fundamental". Patricio Peñailillo, Integrante de la Sociedad Chilena de Filosofía Jurídica
Hace más de una década, el exPresidente Ricardo Lagos dijo en el Patio de Los Naranjos: "Hoy 17 de septiembre de 2005 firmamos solemnemente la Constitución Democrática de Chile [….] Tenemos razones para celebrar. Tenemos hoy por fin una Constitución democrática, acorde con el espíritu de Chile, del alma permanente de Chile…".
No obstante no fue una nueva Constitución sino la revisión jurídica de la Constitución de 1980, constructo jurídico esencial. Por lo tanto, no hubo una nueva Constitución con el Presidente Ricardo Lagos, sino un elenco de reformas a la matriz elaborada en dictadura donde la Junta de Gobierno operó como poder constituyente originario y un proceso constituyente que lo llevó a cabo la Comisión Ortúzar. El nombre alude al presidente del organismo: Enrique Ortúzar Escobar, exministro de Justicia y de Relaciones Exteriores en el gobierno de Jorge Alessandri, en la década de los 70). Además de éste, la comisión la conformaron en principio, Rafael Eyzaguirre Echeverría, como secretario; Jaime Guzmán Errázuriz, Alejandro Silva Bascuñán, Jorge Ovalle Quiroz, Alicia Romo Román, Enrique Evans de la Cuadra, Sergio Diez Urzúa y Gustavo Lorca.
A propósito de lo mismo y aportando un argumento en beneficio de la revisión constitucional y el rechazo de las afirmaciones en favor que en 2005 estaríamos ante una nueva constitución, están las palabras de Andrés Chadwick, Ángela Vivanco y Arturo Fermandois en el editorial de El Mercurio del 23 de septiembre del año mencionado donde dicen: "Por muy importante que hayan sido las reformas, que hemos compartido y consensuado, sigue siendo la Constitución de 1980. Se mantienen sus instituciones fundamentales, tal como salió de la matriz. Para que haya una nueva constitución se requiere de un proceso constituyente originario, no de un proceso de reformas".
En consecuencia, la Constitución de 1980 está plenamente vigente en lo fundamental sin perjuicio de un elenco numeroso de reformas desde 1989 en adelante.
Por lo tanto, habrá una nueva constitución si la ciudadanía se expresa en el Plebiscito el próximo 26 de abril por el apruebo; segundo, si se da la condición anterior, se decida por una convención constitucional o convención mixta constitucional y que el resultado de la labor ejercida por los constituyentes sea ratificada en un plebiscito.
A menos que el rechazo sea mayoritario.