Servel cerró registro electoral y Rojo se mantendría habilitada para votar
MUNICIPIO. Actualizaciones fueron recibidas hasta el 6 de junio, 140 días antes del plebiscito del 25 de octubre. Por lo que cualquier notificación será procesada desde el 2 de noviembre, aseguró el organismo.
El Servicio Electoral (Servel) informó ayer que la alcaldesa Karen Rojo recién podría quedar con su derecho a sufragio suspendido una semana después del plebiscito constitucional de octubre.
Esto, pues desde el 6 de junio, las actualizaciones electorales están suspendidas, y sólo se reabrirán con posterioridad a ese evento.
De esta manera, la notificación que el Juzgado de Garantía envió al Servel informando que la edil había sido acusada de fraude al fisco y negociación incompatible en el caso Main, no surtiría efecto en el corto plazo y la edil, en la práctica, continuaría gozando de todos sus derechos ciudadanos.
"Se debe tener presente que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 21.221, de Reforma Constitucional, 140 días antes al acto plebiscitario contemplado para el 25 de octubre de 2020, el Servel debe suspender las actualizaciones al Registro Electoral, plazo que, con ocasión del citado Plebiscito Nacional, ocurrió el día 6 de junio del presente año", detalla la respuesta a una consulta de este Diario.
"En ese contexto -agrega- cualquier comunicación efectuada al Servicio con fecha posterior al 6 de junio, será procesada a partir del primer día hábil del mes siguiente del plebiscito, esto es, desde el 2 de noviembre del año en curso, fecha en la que se reabren las modificaciones a dicho Registro".
Hay que recordar que la alcaldesa Karen Rojo fue acusada de fraude al fisco y negociación incompatible el 12 de junio, y la semana pasada el Juzgado de Garantía notificó esta situación al Servel.
Según algunas interpretaciones, dicha acusación debe tener el efecto establecido en el artículo 16 de la Constitución: suspensión del derecho a sufragio, lo que a su vez la haría caer en una de las inhabilidades establecidas en el artículo 61 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que cesará en su cargo aquel alcalde o concejal que haya perdido este privilegio.
Así, la comunicación del Servel agrega aún más incertidumbre a la situación de Rojo, quien ayer encabezó un nuevo concejo municipal.
Sesión
En éste, los concejales Camilo Kong y Doris Navarro plantearon sus dudas sobre la legalidad de la permanencia de Karen Rojo en el cargo al estar acusada, lo que fue respondido por el director de asesoría jurídica, Cristhian Flores.
"Al consultar con el rut de la alcaldesa en la página del Servicio Electoral, éste indica que Karen Rojo se encuentra habilitada para sufragar. Por lo tanto, no se ha materializado a mi juicio ninguna de las consideraciones antes dichas. El concejo ha sido convocado por quien detenta la calidad de alcalde, está el concejo en su mayoría y aún cuando no estuviese el alcalde presente, está el quórum necesario para poder sesionar y votar los puntos de la tabla", dijo el abogado.
Previamente los concejales Camilo Kong, Doris Navarro, Luis Aguilera y Jonathan Velásquez, habían solicitado que se convocara a una sesión extraordinaria para tratar la supuesta vacancia del cargo de alcalde, lo que fue desestimado por el secretario municipal, Héctor Gómez.
La petición de los ediles se basaba en pronunciamientos del Tribunal Electoral y la Dirección de Control del municipio, organismos que en resoluciones separadas, dieron validez a la interpretación que bastaba la acusación fiscal para entender a Karen Rojo suspendida del cargo.
Consultado sobre la respuesta del Servel, el abogado de la alcaldesa, Fidel Castro Allendes, dijo que lo que expresa el servicio es lo que corresponde legalmente y que la estrategia de la defensa siempre ha sido esperar a que los procesos se encaucen naturalmente antes de actuar en otro plano, cosa que ahora habría ocurrido.
Castro incluso fue más lejos y aventuró que como la suspensión del derecho a sufragio, de acuerdo a modificaciones legales del año 2012, se produce recién cuando existe un auto de apertura del juicio oral firme y ejecutoriado (y no cuando se presenta acusación), podría acontecer que el mismo Servel en los próximos días responda al Juzgado de Garantía que aún no se cumplen los requisitos para suspender el derecho a sufragio de la alcaldesa.
Si eso no ocurre, agregó, evaluarán los caminos que se pueden seguir para rectificar lo que consideran un error del tribunal al informar al Servel sin aguardar el auto de apertura.
El abogado dijo que lo concreto en este momento es que la alcaldesa Karen Rojo no tiene su derecho a sufragio suspendido.
"Nuestra teoría es que la incapacidad tiene que ser declarada por un tribunal y que además para que pueda ser comunicada al Servel tienen que darse algunos presupuestos, e incluso cuando se comunique hay determinadas situaciones que pueden ocurrir", dijo.