Contraloría tomó razón del decreto que permite sacar el 10% de las AFP
PENSIONES. Desde el jueves se podrá iniciar el trámite para acceder a los fondos. El pago no es inmediato.
A primera hora de ayer el Gobierno despachó a la Contraloría General de la República el decreto promulgatorio -firmado el viernes pasado- de la reforma constitucional que permite el retiro extraordinario y por una sola vez del 10% de los ahorros previsionales de los chilenos desde las AFP, para enfrentar las consecuencias económicas del coronavirus. Pocos minutos después el organismo contralor tomó razón del cuerpo legal, con lo que la norma quedó lista para ser publicada en el Diario Oficial y entre en vigencia.
El gerente general de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones, Fernando Larraín, informó que ya desde este jueves 30 de julio los cotizantes podrán iniciar los trámites para retirar los fondos de acuerdo con la escala aprobada en el Congreso Nacional, la que permite que cada afiliado pueda sacar entre un millón de pesos y cuatro millones trescientos mil pesos.
Ante la novedad del proceso, que se da por primera vez desde que rige el sistema de AFP, Larraín explicó detalladamente en radio Universo cada paso que se debe seguir y los cuidados que se deben tener para que todos reciban su dinero sin problemas.
¿Cómo hacer el trámite?
"Las páginas web de las administradoras tendrán una plataforma especial en la cual las personas ingresarán con su cédula de identidad, con su RUT y número de serie, para validar que es la persona, un número de teléfono y email. Luego de que la persona entra se le preguntará si quiere retirar totalidad de lo que le corresponde, podrá responder un sí y luego preguntará qué medio de pago: si depositan en cuenta corriente, en cuenta RUT, que se pague en cooperativas de ahorro y crédito, que esto llegue a la cuenta 2", explicó el gerente general de la Asociación de AFP.
Osvaldo Macías, superintendente de Pensiones, aclaró además en radio Cooperativa que "con eso no significa que se va a cursar el pago: si entró una solicitud, la administradora le va a mandar un correo electrónico o va a llamar por teléfono a la persona para preguntar si hizo la solicitud de retiro. Si la persona no la ha hecho, inmediatamente tiene que pedirle a la administradora que le bloquee la salida, porque significa que hay un tercero intentando sacar su dinero".
Cuotas de pago
Macías también aclaró que "ni la AFP ni el banco le pueden cobrar alguna comisión, está expresamente señalado en la reforma constitucional, ni tampoco pueden hacerse pago de ningún tipo de deuda con cargo a estos recursos".
Sin embargo, por los montos que se van a manejar, el dinero se va a entregar en dos cuotas. La primera debe efectuarse en un máximo de 10 días hábiles desde que se efectuó la solicitud, por lo que los primeros pagos deberían comenzar a llegar el 13 de agosto. Mientras, la segunda cuota debe pagarse en un máximo de 30 días hábiles después de la primera cuota.
Posibles retenciones
El superintendente de Pensiones afirmó que "ni la AFP ni el banco le pueden cobrar alguna comisión, está expresamente señalado en la reforma constitucional, ni tampoco pueden hacerse pago de ningún tipo de deuda con cargo a estos recursos". Los únicos dos casos en que existen restricciones para recibir este dinero de acuerdo a la ley son para deudores de pensión de alimentos y compensación por divorcio, lo que causaría que se detenga o disminuya "la cantidad a retirar por las personas. Todo el resto de los casos son compatibles".
Finalmente, Macías aclaró que quienes opten por retirar parte de sus fondos previsionales no quedan excluidos de ningún beneficio estatal, como el Ingreso Familiar de Emergencia: "Este 10% no se contabiliza para ningún efecto para ningún otro beneficio, no es incompatible con nada. Por lo tanto, si lo saca sigue recibiendo cualquier otro beneficio que esté recibiendo hoy en día".