Constitución vigente y proceso constituyente: el plebiscito del 25 de octubre como "suceso clave"
"Desde el retorno a la democracia, se han llevado a cabo sucesivas reformas constitucionales, las que han permitido democratizar el contenido de la carta fundamental, destacando la reforma del año 1989 y 2005. Sin embargo, la estructura jurídico-constitucional y la base ideológica plasmada originalmente, no han podido ser eliminadas de raíz". Bruno Aste Leiva y Jorge Cortés-Monroy de la Fuente, Profesores Facultad de Ciencias Jurídicas,, Universidad de Antofagasta.
No está en discusión que, el plebiscito del próximo 25 de octubre es parte de un largo proceso de reivindicación social, el que ha estado determinado por el cuestionamiento hacia el modelo económico neoliberal y las objeciones en torno a la estructura jurídico-constitucional que lo resguarda, la que descansa en la actual Constitución Política, gestada durante la dictadura militar del año 1973.
El devenir del actual modelo político-institucional y económico, está marcado por diferentes episodios históricos que tienen lugar desde mediados del siglo XX, y cuyo punto de inicio, lo constituyó el desarrollo de la dictadura militar comandada por el general Augusto Pinochet. Lo anterior, en un contexto de reorganización de la economía mundial, impulsada por el inicio de una nueva fase de acumulación capitalista, caracterizada por la generación de una estructura política, económica y social de matriz neoliberal, promotora de procesos de privatización, mercantilización y financiarización.
No obstante, el desarrollo y la permanencia del modelo aludido, no es algo que solamente se asocia a los tiempos de la dictadura, ya que en los años que siguieron al retorno de la democracia, la estructura productiva y económica del país no fue mayormente alterada en sus bases, siendo incentivada por la ejecución de medidas que favorecieron la libre circulación del capital y las privatizaciones.
Tales elementos, expresados en una serie de reformas vinculadas a temáticas propias del ejercicio de los derechos fundamentales, significó que, el orden económico y político institucional del país, descansara en el mercado, antes que en el Estado. En efecto, se trata de un sistema que ha puesto a disposición de la iniciativa de los particulares, aspectos claves relacionados con los derechos sociales, los que en su regulación y ejercicio han sido sometidos a criterios mercantiles, generadores de desigualdad y de inestabilidad social.
Por su parte, al tiempo en que se llevaron a cabo las transformaciones estructurales que dieron paso a la confección y ejecución de políticas neoliberales, se diseñó un sistema jurídico que permitió institucionalizarlo, el que durante muchos años ha descansado en la Constitución Política vigente, originada en dictadura y, reformada en reiteradas ocasiones. Sobre esta norma, cuyo futuro será decidido en el próximo plebiscito, persiste una critica de legitimidad que no solo descansa en su génesis, determinada por el contexto autoritario e ilegítimo en el que se crea, sino que también en su contenido, por la institucionalidad que esta ha proyectado, protectora de un modelo económico neoliberal, impulsora de un rol subsidiario del Estado y generadora de un sistema de derechos fundamentales que relega a un segundo orden a aquellos de naturaleza social con tal de privilegiar el desarrollo de las libertades económicas, limitando, además, los mecanismos para que el pueblo pueda ejercer el poder político, los que han sido reducidos a una dimensión que es propia del funcionamiento de una democracia formal.
De esta forma, el contenido de la Constitución vigente evidencia un compromiso ideológico con un fuerte predominio del valor capitalista y neoliberal, lo que se manifiesta en las formas "jurídicas" que terminan por configurar un terreno propicio para el ejercicio de poderes privados desregulados, en un contexto de posicionamiento privilegiado de las libertades económicas, situación que se materializa en el campo de los derechos constitucionales y de las opciones políticas que se han tomado en torno a su reconocimiento y tratamiento.
Sin perjuicio de lo señalado, desde el retorno a la democracia, se han llevado a cabo sucesivas reformas constitucionales, las que han permitido democratizar el contenido de la carta fundamental, destacando la reforma del año 1989 y 2005. Sin embargo, la estructura jurídico-constitucional y la base ideológica plasmada originalmente, no han podido ser eliminadas de raíz.
Lo anterior, se debe, en parte, a la persistencia de enclaves autoritarios que han dificultado la generación de cambios constitucionales relevantes que provengan desde las bases y que impliquen alterar las estructuras del modelo, resistencias ante las cuales descansa la institucionalidad actual, heredera de la dictadura, la que, a su vez, ha sido determinada por un pasado histórico, lleno de limitaciones en torno al ejercicio del poder y de la democracia. En este sentido, como indica Sergio Grez, "las evidencias históricas demuestran que las Constituciones chilenas han surgido de la imposición militar y de maniobras, generalmente combinadas con el uso de la fuerza armada, de los grupos hegemónicos de las clases dominantes…"
Es en función de aquellos elementos que, las reformas y el actuar desde lo constituido, no han sido capaces para que los pueblos asuman un rol fundamental en procesos configuradores de la institucionalidad y del pacto político que regirá nuestras relaciones.
En efecto, el plebiscito del 25 de octubre se configura como un "suceso clave", al posicionarse no solo como parte de un proceso de reivindicación social, sino que además, como un acontecimiento que reconocerá la posibilidad de compensar las limitaciones históricas en torno al ejercicio del poder y de la democracia, para que aquello que se constituya provenga desde las bases y no desde lo constituido, siendo el pueblo, en su calidad de titular del poder constituyente, el que decida acerca del contenido del nuevo pacto constitucional y el que defina la forma futura de hacer política.