Segundo retiro de 10% fue aprobado con apoyo transversal de los parlamentarios
PENSIONES. La iniciativa, que ahora solo debe ser promulgada, contempla impuestos para las personas con rentas superiores a $1,5 millones. Se estableció para la entrega del nuevo beneficio un plazo de 10 días hábiles.
La Cámara de Diputados, y más tarde el Senado aprobaron ayer, el proyecto de ley del Gobierno que habilita a los afiliados al sistema privado de pensiones un segundo retiro del 10% de sus ahorros previsionales obligatorios, iniciativa que ahora quedó lista para ser promungada por el gobierno.
La propuesta en general logró el voto a favor de 131 diputados, además de 12 en contra y dos abstenciones. En la noche, y tras un breve paso por la Comisión de Hacienda, el Senado ratificó el segundo giro por 41 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, del senador Felipe Kast (Evópoli).
Plazos
Los parlamentarios resolvieron que la entrega de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará de esta manera: el 50% en un plazo máximo de diez días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva AFP y el 50% restante en el plazo máximo de diez días hábiles a contar del desembolso anterior. Así, ratificaron lo aprobado por la comisión de Trabajo de la Cámara anteayer.
Tales plazos fueron rechazados por el Gobierno, debido a las dificultades que suponen para el sistema, como lo plantearon ayer los titulares del Banco Central (Mario Marcel), la Superintendencia de Pensiones (Osvaldo Macías) y la Comisión para el Mercado Financiero (Joaquín Cortez) ante la comisión de Hacienda de la Cámara, antes de que la iniciativa pasara a Sala.
Marcel dijo que un plazo tan acotado puede significar que "en alguna etapa del proceso haya una falla", habiendo "personas que no puedan retirar los fondos en los plazos que le señaló la ley".
Las tres autoridades pidieron, de hecho, reponer los 15 días de plazo para los dos pagos, como estaba considerado en el texto del Ejecutivo.
Tras la votación en la Cámara, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, dijo que "no se escuchó la advertencia que hizo el presidente del Banco Central y los reguladores. Es importante que este proceso, pensando en las personas, fluya bien, y (con) tiempos prudenciales. Diciembre es un mes muy especial, hay muchos más giros que los normales, hay bonos del Estado, hay aguinaldos de las empresas. Entonces, hay una carga sobre el sistema que hace la operación más compleja y lo que nos interesa es que esto fluya bien para que las personas estén tranquilas. Acá no es voluntarismo, no es dilatar por dilatar, no".
IMPUESTOS y reintegro
La Cámara validó lo que ya había aprobado la comisión de Trabajo en el tema tributario. Así, respaldó que no pagarán impuestos por el retiro las personas con una renta imponible de 30 Unidades Tributarias Anuales o inferior, es decir, $1,5 millones mensuales o menos. Esto fue aprobado después por la comisión de Hacienda del Senado, sin cambios, antes de su paso a la Sala del Senado.
Sobre el pago de los tributos, en la comisión de Hacienda, el ministro Briones explicó que si el retiro se materializa antes del 31 de diciembre, el impuesto se cobrará en abril de 2021. Si se solicita a partir de enero de 2021, entonces se aplicará en abril de 2022.
En cuanto al reintegro de los fondos por parte de los afiliados que retiren, uno de los puntos en los cuales había insistido Briones, la comisión de Hacienda de la Cámara lo descartó antes de que el proyecto de ley fuera visto en Sala. De hecho, en el debate en la Sala, el jefe de la billetera fiscal recibió críticas por insistir en el sistema de reintegro. En este plano, se le pidió pronunciarse sobre si se vetará el texto por no incorporarse la materia. También se le cuestionó por aplicar impuestos desde determinadas rentas.
El diputado Matías Walker (DC) valoró que "aprobamos el proyecto de ley sin letra chica, eliminando las restricciones que quiso imponer el Gobierno. Este va a ser un verdadero segundo retiro, sin el autopréstamo que el ministro Briones insistió hasta el final en incorporar". La bancada DC pidió al presidente Sebastián Piñera promulgar "a la brevedad" la iniciativa.
Además, el texto indica que los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa. Tampoco podrán rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias.
Para ese último evento, el juez de familia competente autorizará al alimentario, a petición de este o de su representante legal, a realizar la solicitud de retiro de fondos previsionales acumulados hasta por la totalidad de la deuda.