TER acreditó abandono de deberes y aplicó a Rojo cinco años de inhabilidad
Mientras la exalcaldesa Karen Rojo participaba ayer en una nueva audiencia del juicio por el caso Main -donde está acusada de fraude al fisco y negociación incompatible- en el Tribunal Electoral Regional surgían noticias respecto a la acusación por notable abandono de deberes y faltas graves a la probidad presentada en su contra por cuatro concejales.
Esta causa ingresó al TER en enero de 2019 y desde el 20 de noviembre de este año se encontraba "en acuerdo", es decir, lista para sentencia.
Y ese momento llegó ayer. Los magistrados del TER, tras examinar por casi dos años los 17 reparos administrativos formulados por los concejales en contra de la exedil, decidieron acoger 13 de ellos, declarando así que Karen Rojo Venegas efectivamente incurrió en diversas causales de cesación en sus labores de alcaldesa.
La químico-farmacéutico estuvo desde julio suspendida del cargo por la acusación penal que pesa sobre ella en el caso Main y el 19 de noviembre renunció definitivamente a la Alcaldía para poder postular el próximo año a un cupo parlamentario. Por lo mismo, la sentencia de ayer no tiene efectos prácticos en su continuidad en el municipio, pero sí los tiene respecto de sus planes políticos futuros.
Esto porque el fallo le impone la sanción de cinco años de inhabilidad para el ejercicio de cualquier cargo público, por lo que no podrá ser candidata a ninguna de las elecciones que se realicen hasta 2026.
Debe recordarse que la UDI tiene avanzadas conversaciones con Karen Rojo para que los represente como candidata independiente al Senado en las elecciones noviembre del próximo año, planes que ahora quedan en suspenso.
Suspenso, considerando que el fallo del Tribunal Electoral Regional es apelable al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), que tiene la última palabra en este tipo de materias.
Sentencia
En 417 páginas, la sentencia conocida ayer hace un minucioso repaso de los 17 cargos formulados por los concejales Doris Navarro, Camilo Kong, Luis Aguilera y Jonathan Velásquez en contra de Karen Rojo.
Entre ellos figuran la indemnización pagada a Global Service, el caso Main, la contratación de una empresa vinculada a un familiar de la edil en la Cmds, multas no cobradas a la empresa de retiro de basura Demarco, actuaciones sin viso de Control, los daños ocasionados por las ramadas 2015 en áreas públicas, falencias en la construcción del Paseo Matta, por citar algunas.
Fallas
En su largo análisis, las magistrados ministra Virginia Soublette y las abogadas Ana Karestinos y Alejandra Pozo, advirtieron diversas irregularidades, como falta de control jerárquico, falta de celeridad en la dictación de los actos administrativos, incumplimiento del principio de irrestricta sujeción a las bases de licitación, contravenciones al principio de probidad, falta de respuesta a las observaciones de la Contraloría, deficiencias de control interno y daño al patrimonio municipal.
Respecto a esto último, se mencionan la indemnización pagada en 2018 a Global Service, cerca de $3.200 millones, de los cuales $1.875 millones fueron reajustes e intereses; y el no cobro de multas por unos $5.445 millones a la empresa de extracción de basura domiciliaria Demarco por no cumplir las condiciones ofertadas en sus contratos.
Según la resolución del Tribunal Electoral, a la luz de todos los antecedentes tenidos a la vista, "se puede concluir que la alcaldesa se ha apartado de su función pública, consagrada en la Constitución Política de la República y en las leyes especiales, de un modo grave y reiterado, entrabando o entorpeciendo el adecuado funcionamiento del servicio público que debe prestar la municipalidad, dirigido a satisfacer las necesidades de la comunidad local, acarreando también un detrimento patrimonial".
El fallo añade que si bien la exedil efectivamente renunció al cargo en noviembre, durante la etapa de discusión, prueba y sentencia de la causa tuvo la calidad de alcaldesa, por lo que procede el pronunciamiento respecto de las causales de cesación y, en su caso, la inhabilitación establecida en la ley, que es de cinco años contados desde la fecha que la sentencia quede a firme.
En concreto, el tribunal se formó un total convencimiento de la gravedad y notoriedad de las faltas.
Reacciones
Conocida la resolución, los concejales autores de la acusación reaccionaron.
Luis Aguilera destacó que el fallo acreditó contravenciones graves a las normas de probidad y falta a sus deberes por parte de la exalcaldesa Karen Rojo, lo que dijo, espera que sea ratificado en el Tricel, si la causa llega a esa instancia.
Doris Navarro aseguró que siempre tuvo la convicción que las acusaciones tenían fundamentos, por lo que el fallo no le no es del todo sorpresivo
"Tomo este fallo con tranquilidad y con un sentimiento de justicia, por los vecinos y vecinas de Antofagasta que se han visto afectados en este tiempo", añadió.
El concejal Camilo Kong, otro de los que presentó el requerimiento, manifestó que el TER hizo un trabajo muy minucioso, que en definitiva corrobora que existieron graves faltas administrativas, mientras que Jonathan Velásquez, el cuarto patrocinante del recurso, comentó que el fallo "quizás es desfavorable para Karen Rojo, pero favorable para la comunidad, para que no sigan pasando cosas como estas".
En tanto, el alcalde de Antofagasta, Wilson Díaz, quien iba a participar en primera instancia de la acusación y posteriormente decidió bajarse, dijo ser "respetuoso de los fallos dictados por la justicia", y recordó que la ley reserva instancias de apelación a Rojo Venegas.
En efecto, notificada de la resolución, la exalcaldesa tendrá cinco días para presentar apelación al Tricel en Santiago, organismo que deberá pronunciarse ratificando o modificando lo hecho por el TER.
Ayer el abogado Fidel Castro, quien representa a Rojo, afirmó que no se referirán a la sentencia mientras no sean notificados de ella.