El Tribunal Constitucional y la nueva Ley de Inmigración
La nueva ley que viene a regular la inmigración en nuestro país, después de ocho largos años de tramitación, es una buena noticia. Sabemos bien que, desde hace un tiempo a esta parte, el flujo de migración ha sido sostenido e incluso se ha incrementado, en virtud de la legítima búsqueda de mejores situaciones económicas o políticas. Muy especialmente así lo hemos vivido en nuestra segunda región, tierra de oportunidades para tantos. Así las cosas, este tema se ha vuelto un desafío para nuestra institucionalidad.
Ahora bien, hay quienes creen que esta nueva regulación -en tanto obliga a tramitar las visas en consulados previo a la entrada, penaliza a quienes entran por pasos no habilitados, entre otras cosas- atentaría contra el derecho a migrar de las personas o sería derechamente discriminatoria. En razón de esto han presentado un requerimiento ante el Tribunal Constitucional para impugnar al menos trece artículos de la nueva normativa. Así, este acontecimiento, como tantos otros, nos impulsa a reflexionar sobre la importancia radical que implica la existencia de un órgano tal como el Tribunal Constitucional.
En efecto, si nuestra Constitución tiene por objeto limitar el poder, evitar su uso arbitrario, reconocer nuestros derechos fundamentales y definirlos como "cotos vedados" a la acción de los gobernantes y tomadores de decisiones, el Tribunal Constitucional es quien hace valer todo esto. Por esto, la supremacía constitucional, lejos de ser un concepto leguleyo o un gustito jurídico, es una protección fundamental. A pesar de tan relevante función, no ha estado exento de críticas; muchos lo han llamado la tercera cámara o tribunal político -por mucho que cuando les parece coincidente con sus objetivos no dejan de acudir a este- que veta la "democracia de la mayoría". Gran parte de esto se puede deber, como han ilustrado diferentes autores, a la forma en que se designa a sus ministros o cómo se toman las decisiones. Por eso, una idea es la de quitar el voto dirimente: quitar el peso político que se le atribuye al voto de la presidenta la decisión sobre estos asuntos fundamentales.
Así, la ponderación entre los diferentes derechos o sobre los medios para regular y limitar estos derechos, en este caso por ejemplo sobre el derecho a inmigrar, le corresponde al Tribunal Constitucional.
Esto toma renovada importancia en el proceso que nos encontramos actualmente. Cuando estemos frente a una nueva Carta Fundamental y hayamos logrado dar cada una de las discusiones relevantes sobre el fondo que esta tratará, ¿no nos parecerá relevante que haya un órgano que la haga valer? De lo contrario, las palabras de una nueva Constitución quedarán solo en eso: palabras.