Defensa de Karen Rojo: "Estamos frente un caso de visión de túnel"
CASO MAIN. Finalmente se inició el trámite en la C. Suprema. Sesión se retomará el lunes, con la presentación del CDE y Ministerio Público.
Finalmente iniciaron los alegatos en la Corte Suprema del recurso que busca anular la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal dictada a la exalcaldesa Karen Rojo Venegas por el denominado "Caso Main", en donde la exjefa comunal de Antofagasta recibió la pena de cinco años y un día de presidio efectivo.
El recurso de nulidad estuvo en la tabla de la Suprema durante exactamente un año y un mes, luego de que el 18 de enero se leyera la sentencia a la exedil. Además, ayer se revisó la situación de Edgardo Vergara, exsecretario ejecutivo de la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS), sentenciado por tres años y un día, con el beneficio de libertad vigilada intensiva.
Rojo fue encontrada culpable del delito de fraude al fisco por el denominado "Caso Main", en el que se le acusaba de utilizar dineros de Salud y Educación de la CMDS para contratar los servicios de asesorías comunicacionales del periodista José Miguel Izquierdo, con el objetivo de posicionar su imagen para la elección municipal del 2016.
Con el recurso presentado por su defensa, sin embargo, se busca anular la sentencia, y así Karen Rojo evitaría ir a prisión. La exedil actualmente se encuentra en libertad.
La sesión -que se realizó por Zoom- se extendió por poco más de una hora y media. Comenzó con la presentación del abogado defensor de la exalcaldesa, César Ramos, quien señaló que "el quid del asunto de este caso, de este juicio, fue el cuestionamiento del contrato celebrado, por una parte, en representación de la Corporación, por doña Karen Rojo Venegas -mi representada-, y por otra parte en representación de la empresa asesora comunicacional Main, el señor José Miguel Izquierdo".
Argumentó que el cuestionamiento es que la situación de Rojo con el periodista en el juicio es "diametralmente opuesto", esto debido a que, mientras Rojo fue acusada por el Ministerio Público a una pena que excedía los 13 años en total, Izquierdo "fue favorecido con una suspensión condicional del procedimiento en el plazo de un año". Esto, afirmó el defensor, se explica "evidentemente mediante una infracción flagrante del principio de objetividad y con ello al debido proceso y a la garantía de una investigación racional y justa, que constituye la primera causal del recurso de nulidad".
Ramos aseguró que hubo "una infracción al principio de objetividad en el trato que el Ministerio Público otorga a aquellos que investiga. Es evidentemente una infracción a la garantía de justicia y de racionalidad del procedimiento (...). Estamos frente un caso manifiesto de visión de túnel".
Otra causal presentada por Ramos fue que existió un "cambio de delito, sin advertirlo, sin ofrecer a la defensa la posibilidad de alegar algo". Lo anterior se debe, afirmó, a que se pasó de una causa de engaño a una de administración desleal.
"Recordemos que el objeto del juicio era enfrentar una tesis de engaño, que los servicios no se habían prestado. Lo que hace el tribunal es derechamente cambiarse de modalidad comisiva. Y eso evidentemente tiene una afectación al derecho de defensa. Al cambiar el modo comisivo, jamás eso fue informado, se afecta a la manifestación de los derechos de información que emanan del derecho de defensa".
Esto, prosiguió el abogado, "tuvo una consecuencia esencial en la definición de los hechos, constatando una diferencia esencial entre los hechos de la acusación, y los hechos de la sentencia".
Asimismo, comentó que "se ha rechazado la calificación de la atenuante de irreprochable conducta anterior, y no se ha otorgado la atenuante de colaboración sustancial".
El caso de Vergara
Durante la presentación de ayer también fue el turno de la defensa de Edgardo Vergara Montt, exsecretario ejecutivo de la CMDS, y quien fue representado por el abogado Fidel Castro.
Castro recalcó que Vergara tenía "prácticamente 30 años" de trabajo, y que "pasó por cinco administraciones distintas municipales. Que no tenía ningún vínculo con doña Karen Rojo, no formaba parte de su círculo de confianza, no formaba parte de su círculo político. No tenía ninguna vinculación. Pero se dice y se presume que hay un deber de lealtad. Y en virtud de esa presunción (…), se presume que él actúo con consciencia de ilicitud en lo que se refiere a la suscripción del contrato.
Además, mencionó el voto disidente de la sentencia del exsecretario ejecutivo de la CMDS, diciendo que "no hay nada en contra de don Edgardo Vergara, absolutamente nada. Y por tanto era absolutamente indebido llevarlo, conducirlo a esta causa penal, y más aún condenarlo". Además, aseguró que no se encontraron correos que pudieran vincular a Vergara con los hechos. "No se acreditó ninguna reunión, ninguna tratativa, ninguna intervención de don Edgardo Vergara para forzar la contratación, forzar el pago de servicios, para eventualmente gestionar alguna cuestión a favor, en este caso del asesor".
Castro dijo que "se le condena (a Vergara) cuando se da la razón por la cual tiene consciencia de ilicitud en este caso, porque es buen funcionario. El fallo dice que, como nosotros probamos que él es un funcionario diligente, que era un funcionario de larga trayectoria, no podía no saber lo que estaba pasando. Y esa es la razón por la cual el tribunal le atribuye consciencia de la ilicitud, a pesar de que, señala el fallo, que no participa en los hechos, en ninguna de las tratativas previas de la contratación de en este caso la asesoría comunicacional".
Adicionalmente, el abogado precisó que "todo parte a partir de la incorporación del delito de administración desleal, que se hace en 2018. Y, por tanto, es imposible que se pueda entender, a partir de un criterio interpretativo, que hechos que ocurren con anterioridad puedan ser juzgados de acuerdo con ese criterio".
Finalmente, la Corte Suprema estableció que se continuará con los alegatos el lunes a las 9:30, con la presentación de la CDE y del Ministerio Público.