Expertos cuestionan que norma
CONSEJO. Creen que su aprobación tendría un fin "populista", considerando que para concretarse este procedimientos se requieren diversos pasos administrativos.
Como una materia que no debiera estar contenida en una Constitución. Así observan analistas y representantes de organizaciones de migrantes la norma aprobada el miércoles por el pleno del Consejo Constitucional que establece que "los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia".
Asimismo, señalaron que resultaría poco viable su implementación, considerando el procedimiento administrativo para la expulsión de un extranjero, por lo que la norma, tendría un fin más bien "populista".
El académico de la Universidad Andrés Bello, Felipe Vergara, dijo no parecerle que este tema sea una materia constitucional, agregando que no necesariamente porque aparezca en una ley u otra, eso da garantía de que vaya a ser efectivo.
"Me parece que está bien una expulsión inmediata bajo determinadas características y condiciones, pero no que sea materia constitucional. Y tampoco que la gente crea que porque aparece en la Constitución, la migración desapareció automáticamente. Hay leyes muy leoninas en Estados Unidos, en países europeos y los migrantes siguen llegando igual de manera ilegal", puntualizó.
Vergara reconoce, sin embargo, que la norma puede generar expectativas en la ciudadanía. "Es muy del estilo de quienes hoy lideran la constituyente, tienen un estilo sensacionalista. La campaña de José Antonio Kast en su minuto también fue bastante sensacionalista y con medidas que son efectivistas, que generan una percepción de corto plazo de un beneficio pero que después, con el tiempo, son muy difíciles de concretar".
El académico de la Universidad Central, Silvio Cuneo, tiene una mirada similar. Primero, planteó que le resulta extraño que una norma de ese alcance sea parte del texto constitucional. Y en segundo lugar, cuestionó la eficacia práctica que tiene la misma.
"¿Por qué lo hacen? porque seguramente la norma le da popularidad al texto. Entonces, esta Constitución y la anterior también, en muchos aspectos más que ser una Constitución propiamente tal que es un marco que da las reglas para toda la legislación, se parece mucho a una campaña política. Como creo que hay mucha probabilidad de que gane el rechazo, están tratando de darle normas que den cierta popularidad", enfatizó.
El doctor en Derecho agregó que llama mucho la atención que se establezca en la Constitución una norma tan específica, "porque para expulsar a alguien que es una sanción, tiene que haber un procedimiento administrativo, posibilidades de recurrir a esa resolución. Entonces, me parece que es un gran un error poner en la Constitución una norma de esa índole, que a lo mejor es un error desde el punto de vista jurídico, pero del punto de vista comunicacional puede ser un acierto y darle cierto apoyo a esta Constitución".
En tanto, la jefa jurídica del Servicio Jesuita Migrante, Gabriela Hilliger, considera que esta norma debiese ser analizada bajo dos dimensiones. Y al igual que los otros especialista Hilliger plantea que la primera discusión es, si la materia debiese o no estar en una Constitución.
"La Constitución vigente no regula esta materia. Y es difícil encontrar ejemplos en constituciones que podrían ser referentes para nuestro país, que incluya la expulsión de ciudadanos extranjeros entre las materias constitucionales, tomando en cuenta que las constituciones suelen ser un texto que reúne consensos sobre normas fundamentales para la convivencia y las expulsiones de ciudadanos extranjeros están en leyes", señaló.
Hilliger agregó que una segunda dimensión tiene que ver con las sensibles manifestaciones que ha hecho la ciudadanía respecto de la necesidad de una migración segura, ordenada y regular. "Creo que finalmente este principio que se establece, de ciudadanos que ingresen de forma irregular al país serán expulsados inmediatamente, vendrían a ser una falsa promesa frente a esta legítima y sensible necesidad. Y eso también nos resulta preocupante, porque cualquier persona que ha trabajado en esta materia o que es experto sabe que un procedimiento de expulsión requiere de diversos pasos", declaró.
Aborto
Otra de las normas aprobadas por el Consejo Constitucional es el inciso 1 del artículo 16 que señala el derecho a la vida. "La ley protege la vida de quien está por nacer. Se prohíbe la pena de muerte".
Esta última ha generado debate desde distintos sectores respecto al peligro que esto representaría para la vigencia de la actual ley de aborto en tres causales.
El académico de la Universidad Andrés Bello, Felipe Vergara, señaló que con la aprobación de esta norma "se abre la puerta para la eliminación del aborto en tres causales, por las argumentaciones que ellos plantean que pueden ser válidas desde el punto de vista cristiano, pero los gobiernos no se rigen por leyes morales se rigen por leyes escritas por personas acordes a la realidad".
En tanto, el académico de la Universidad Central, Silvio Cuneo, tiene una visión distinta. "Las constituciones son normas amplias y generales. Una constitución que diga que se protege el derecho del que está por nacer, eso no significa necesariamente que una norma que regule el aborto será inconstitucional. Porque por esa pura expresión, este texto protege el derecho del que está por nacer, no cierra las posibilidades de permitir el aborto en algunos casos, incluso un aborto generalizado respecto de plazos".