Corte Suprema ratifica que Codelco sí puede explotar litio con SQM
JUDICIAL. Recurso de amparo intentaba impugnar el acuerdo suscrito en mayo.
La Corte Suprema ratificó el fallo pronunciado a fines de enero por la Corte de Apelaciones de Santiago relativo a un recurso de amparo económico por medio del cual se intentaba impugnar el acuerdo suscrito entre Codelco y la empresa SQM que ejecuta la Estrategia Nacional del Litio.
La Corte, además de considerar la acción extemporánea, acogió los argumentos presentados por el Consejo de Defensa del Estado en representación de Corfo y desestimó la afirmación principal del recurso que sostenía que el giro de la empresa estatal no le permitía explotar litio.
El máximo tribunal confirmó el criterio del tribunal de alzada que, de forma categórica, concluyó que el Estado, por medio de Codelco, se encuentra autorizado por ley de quórum calificado para desarrollar y participar en actividades de exploración, explotación y comercialización de litio, pudiendo constituir filiales con tal objeto.
Defensa del cde
El presidente Raúl Letelier, quien alegó personalmente la causa ante ambos tribunales superiores, señaló que "recibimos con satisfacción la sentencia de la Corte Suprema que acoge los argumentos que presentamos en defensa de las potestades legales del Estado de Chile, a través de sus empresas y corporaciones, como Codelco y Corfo, para llevar adelante una determinante política pública para avanzar en el desarrollo de nuestro país y en el bienestar de todos sus ciudadanos".
En las audiencias de alegatos llevadas a cabo en enero y marzo, el presidente Letelier subrayó que la ley de Codelco (Decreto Ley 1.350) otorga a la empresa amplias facultades para ejercer el giro minero respecto de distintos tipos de minerales, señalando que puede explotar minerales no ferrosos, dentro de los cuales se encuentra el litio.
El considerando 14° de la sentencia expresó de manera concreta: "Que a juicio de esta Corte, la norma transcrita, lejos de limitar el objeto de la empresa a la explotación del cobre y sus derivados, incorpora la exploración y explotación de minerales no ferrosos de forma bastante ostensible. En efecto, solo los literales c) y h) se refieren al cobre y sus derivados y las letras b), d) y g) dan amplia cabida a la exploración y explotación de minerales no ferrosos, es decir, que no contengan hierro, categoría dentro de la cual se encuentra reconocidamente el litio".